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viernes 17 de julio de 2026

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Innecesario embargo a favor de trabajadores

Innecesario embargo a favor de trabajadores

El Abogado Héctor Garza manifestó que son correctos los resolutivos del Juzgado de Concursos Mercantiles en que declara insubsistente esta medida

Alberto Rojas Carrizales

LA PRENSA

El litigante Héctor Garza afirmó que son correctos los resolutivos del Juzgado de Concursos Mercantiles donde declara insubsistentes las órdenes de embargo precautorio expedidas contra AHMSA por tribunales laborales federales derivadas de demandas en materia de trabajo.

Lo anterior, detalló, “porque el Concurso Mercantil es precisamente una instancia en la que están reconocidos los créditos a favor de los trabajadores, al final de cuentas no se necesita un embargo precautorio a los bienes de la empresa en virtud de que los derechos ya están garantizados porque ellos son los primeros en la lista”.

“Creemos que el resolutivo esta acorde a lo dispuesto en la Ley de Concursos Mercantiles y también en la Ley Federal de Trabajo, están llegando muchas sentencias de juzgados en donde determinan embargos precautorios, pero no podemos dejar de lado como bien lo observa la autoridad que ordena dejarlos insubsistentes”, expresó Garza Martínez.

 “No pueden privilegiarse lo individual sobre el colectivo, creo que la jueza de Concursos Mercantiles está correcta en dejar insubsistentes  los embargos precautorios precisamente por la universalidad de los bienes en protección que el patrimonio de la empresa para su venta para que se le pague”, destacó el abogado de algunos acreedores.

Señaló que hay comunicados de AHMSA y del Síndico Víctor Manuel Aguilera Gómez en el sentido de que se está evaluando la empresa, por lo que consideró solicitarles  que por el bien común hagan bien los avalúos  y se determinen bien los precios de los activos que serán subastados.

El profesionista fue abordado al respecto, después que el Juzgado de Concursos Mercantiles resolvió que no proceden embargos precautorios contra AHMSA ordenados por tribunales federales laborales porque en la quiebra la garantía de pago a los trabajadores ya está contemplada a su favor sobre otros créditos.

El Juzgado de Concursos Mercantiles sustentó su resolutivo con fundamento en los artículos 1°, 3, 7, 66 y 224 de la Ley de Concursos Mercantiles ordenando a los tribunales federales de trabajo que dejen insubsistentes las providencias cautelares, apercibiendo sanciones en caso de desacato.

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