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Busca ley Telecom revisar contenidos

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Faculta a la Agencia de Transformación Digital inspeccionar y darle equilibrio a a la publicidad

Por Mayolo López/Agencia Reforma

La Prensa

CD. DE MÉXICO.- El Gobierno envió al Senado una iniciativa para crear una Ley en Materia de Telecomunicaciones y Radiodifusión que propone facultar a la Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones para revisar contenidos audiovisuales.

De 311 páginas, la iniciativa introduce un esquema efectivo de sanciones que será también operado por la Agencia, que clasificará en cinco rubros las conductas infractoras, de leves a graves.

La iniciativa también propone observar un prudente equilibrio entre la publicidad y el conjunto de la programación transmitida por día, lo cual se logra a través de imponer máximos de tiempos publicitarios.

Este nuevo cuerpo normativo reemplazaría a la de 2014 y busca dar forma a la reforma constitucional que eliminó los órganos autónomos.

La Agencia de Transformación Digital tendrá facultades para otorgar, revocar y renovar concesiones de telecom y radiodifusión, de suerte que el Ejecutivo volverá a tener control absoluto.

En relación con los candados para impedir la difusión de propaganda extranjera, se incorpora un par de artículos para que los concesionarios de radiodifusión pidan permiso a la Secretaría de Gobernación antes de que transmitan spots de gobiernos extranjeros.

“La Agencia deberá emitir Lineamientos para los concesionarios de radiodifusión o de televisión o audio restringidos para que los Códigos de Ética aseguren el cumplimiento de los derechos de información, de expresión y de recepción de contenidos en términos de lo dispuesto en los artículos 6°. y 7° de la Constitución”, se lee en el documento.

“Además, los lineamientos que emita la Agencia deberán garantizar que los concesionarios de uso comercial, público y social cuenten con plena libertad de expresión, libertad programática, libertad editorial y se evite cualquier tipo de censura previa sobre sus contenidos”.

En el título correspondiente a sanciones, “se clasifican las conductas infractoras en cinco rubros, las cuales van desde leves a las graves, estableciendo correlativamente las sanciones que van desde las más bajas a las más altas. Para la graduación del monto de la sanción, se deberá atender a la gravedad de la infracción, la capacidad económica del infractor y, en su caso, a la reincidencia, en cuyo caso se podrá duplicar”.

Se establece que si la sanción no lleva a la revocación, habrá un marco sancionador proporcional. “En estos casos, la Ley prevé sanciones económicas equivalentes al 0.01% hasta el 0.75% de los ingresos, permitiendo aplicar multas mínimas en supuestos de ‘cláusulas abiertas’ o ‘tipos administrativos en blanco”.

Un apartado clasifica “las conductas que ameritan la revocación de la concesión, por ejemplo, el incumplimiento por parte del Concesionario de Recursos Orbitales en la presentación del Plan de Reemplazo, así como el incumplimiento de su ejecución.

“Será la Procuraduría Federal del Consumidor quien (sic) vigilará e impondrá las sanciones por violaciones a los derechos de los usuarios previstos en esta Ley y en la Ley Federal de Protección al Consumidor”, añade.

La iniciativa señala que la administración del espectro radioeléctrico estará orientada a cumplir diversos objetivos de interés público en beneficio de los usuarios y las audiencias.

Entre estos objetivos se encuentran la protección de la vida humana, la promoción de la cohesión social, regional y territorial, la universalidad de la provisión de los servicios de telecomunicaciones y radiodifusión.

Asimismo, se establece que las concesiones únicas podrán ser para uso comercial, público, privado y social que incluyen las comunitarias, indígenas y afromexicanas, de tal forma que los concesionarios puedan prestar todo tipo de servicios a través de sus redes.

Se propone una asignación del espectro mediante “el uso de mecanismos de subasta basados en el mercado para la asignación de espectro en una forma efectiva de garantizar que el recurso se utilice de manera más eficiente posible”.

“Atendiendo a la naturaleza y demanda del servicio, las concesiones de uso privado con propósitos de comunicación privada se podrán otorgar mediante asignación directa previo pago de contraprestación”.

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