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sábado 27 de junio de 2026

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Instruye INAI que Ssa informe a particular sobre defunciones

Instruye INAI que Ssa informe a particular sobre defunciones

La Secretaría de Salud (Ssa) deberá entregar a un particular las cifras y datos alojados en Subsistema Epidemiológico y Estadístico de Defunciones correspondientes al periodo del 1 de enero al 10 de septiembre de 2020, resolvió el Pleno del INAI.

La información deberá contener el folio, fecha de defunción, causa de muerte, sexo, edad, si hablaba lengua indígena, estado conyugal, residencia, escolaridad, ocupación, afiliación a servicios de salud, sitio donde sucedió la defunción y el nombre de la unidad médica.

Al exponer el caso, la comisionada ponente Blanca Lilia Ibarra indicó que la Ssa en su primera respuesta reservó la información con el argumento de que se trataba de datos inmersos en un proceso deliberativo.

Posteriormente, la Secretaría señaló que no podría entregarla debido a que era confidencial, pues contiene datos personales sensibles como son los de salud, localización de residencia y ocurrencia de defunción.

Tras analizar el caso, indicó Ibarra, la ponencia a su cargo determinó que ninguna de las dos reservas resulta procedente, la primera porque los datos no están sujetos a ningún proceso deliberativo y, la segunda, porque de los datos personales son eliminados al elaborarse una versión pública.

«Derivado de ello pongo a su consideración, compañeras y compañeros comisionados, revocar la respuesta emitida por el ente recurrido a efecto de que proporcione a la persona solicitante la información requerida», propuso.

En otro caso, el Pleno determinó que la Fiscalía General de la República (FGR) debe entregar una versión pública del expediente que integró por el homicidio de la periodista Regina Martínez, asesinada en 2012 en Xalapa, Veracruz.

La FGR, explicó el comisionado Francisco Javier Acuña, negó la entrega del documento bajo el argumento de que al tratarse de una averiguación previa tiene el carácter de reservada.

Acuña señaló que la reserva es válida, sin embargo, le es aplicable una las excepciones que prevé la Ley General de Transparencia debido a que el caso reviste interés público, pues se trata del asesinato de una periodista registrado en un contexto de violencia sistemático ejercido contra los integrantes de ese gremio.

«Derivado de una prueba de interés público se determina que atendiendo a las características y a la naturaleza del caso concreto se cumple con los elementos o subprincipios de idoneidad, necesidad y proporcionalidad.

«Ello es así en tanto que existe una trascendencia social de permitir el acceso a la información solicitada con la finalidad de conocer las acciones implementadas por la autoridad ministerial, a efecto de investigar los hechos ocurridos en torno al asesinato de una persona identificada como periodista en una de las entidades federativas () señalada como una de las que lleva el mayor índice de violencia en contra del gremio que se dedica a hacer posible la noticia», argumentó.

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