Hasta el momento nadie ha reclamado legalmente la paternidad del bebé Juan; mantiene PRONNIF medida de protección
Por Iván Villarreal
La Prensa
A varios días de haberse iniciado el procedimiento de protección a favor del bebé Juan, ninguna persona se ha presentado ante la Procuraduría para Niños, Niñas y la Familia (PRONNIF) de la Región Centro para reclamar legalmente su paternidad o maternidad, informó la subprocuradora Martha Lucía Herrera Ramírez.
La funcionaria explicó que el menor continúa bajo una medida especial de protección en calidad de expósito, ya que hasta el momento la dependencia no ha recibido notificación judicial sobre el inicio de algún procedimiento de reconocimiento de paternidad o maternidad.
“Seguimos con la medida especial de protección y continuamos con el procedimiento de expósito. Hasta este momento no se nos ha notificado, por la vía judicial, que se haya iniciado algún procedimiento de reconocimiento de paternidad o maternidad”, señaló.
Herrera Ramírez precisó que tampoco alguna persona ha acudido directamente a las oficinas de la PRONNIF para ostentarse como padre o madre del menor.
“No han venido personas que se ostenten como padre o madre de Juan. Al no existir un documento que los acredite como tales, necesariamente tendrían que iniciar un procedimiento judicial”, explicó.
Indicó que únicamente un juez puede autorizar la práctica de pruebas genéticas y, en su caso, determinar legalmente la filiación del menor, así como ordenar su registro definitivo.
La subprocuradora recordó que el bebé ya cuenta con un registro provisional, autorizado por un juez desde hace unas semanas, con el propósito de garantizar su derecho a la identidad mientras se resuelve su situación jurídica.
“Este registro provisional tiene como único fin garantizarle su derecho a la identidad, es decir, que el niño no permanezca sin nombre ni identidad durante el procedimiento legal”, detalló.
Explicó que, si las condiciones legales no cambian y nadie acredita legalmente la paternidad o maternidad, ese registro podrá convertirse en definitivo al concluir el procedimiento correspondiente.
Sin embargo, aclaró que la identidad del menor podría modificarse posteriormente en caso de que prospere un proceso de adopción o si, mediante resolución judicial, se reconoce legalmente a quienes acrediten ser sus padres biológicos.
“Es un registro totalmente provisional. Puede cambiar tanto por un procedimiento de adopción como por un eventual reconocimiento de paternidad o maternidad, siempre mediante los procesos legales correspondientes”, puntualizó.
Mientras tanto, la PRONNIF continuará con la estrategia jurídica iniciada desde el ingreso del bebé al sistema de protección, garantizando sus derechos y su bienestar mientras se define de manera definitiva su situación legal.