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jueves 16 de julio de 2026

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TJUE dictamina que Google es responsable de vídeos en YouTube si comparte ingresos con creadores

TJUE dictamina que Google es responsable de vídeos en YouTube si comparte ingresos con creadores

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) dictaminó que Google puede ser considerada responsable legal de los vídeos de YouTube que infrinjan leyes si la plataforma mantiene un acuerdo comercial con el creador y comparte con él los ingresos publicitarios.

Por STAFF / EL ECONOMISTA

La Prensa

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha dictaminado este jueves que Google puede ser considerada responsable legal de los vídeos de YouTube que infrinjan leyes si la plataforma mantiene un acuerdo comercial con el creador y comparte con él los ingresos publicitarios, al considerar que en estos casos deja de actuar como un mero intermediario neutral.

El fallo del Alto Tribunal responde a una consulta de la justicia italiana tras una sanción de 750,000 euros impuesta a Google en 2022 por la difusión de vídeos que promocionaban juegos de azar en línea, prohibidos en el país transalpino.

Googlerecurrió la multa alegando que era un simple «intermediario» o «proveedor de alojamiento de datos». También se amparó en la ley europea de comercio electrónico esgrimiendo que le eximía de responsabilidad sobre el contenido de terceros, pero la justicia italiana respondió que los juegos de azar están excluidos del ámbito de aplicación de dicha normativa europea.

Tras una consulta del Consejo de Estado italiano al TJUE, este ha aclarado que, aunque los juegos de azar están excluidos de las normas europeas de comercio electrónico por divergencias morales y culturales entre países, el alojamiento de publicidad sobre ellos sí está sujeto a esta legislación.

Pero además ha explicado que para que una plataforma no sea responsable de lo que suben sus usuarios, debe actuar «de manera técnica, automática y pasiva», es decir, sin controlar ni conocer realmente lo que se está publicando. No era así porque Google tenía un contrato de asociación comercial con el creador de contenido para repartirse los beneficios de la publicidad.

Antes de firmar ese contrato, la compañía debió analizar «a fondo» el canal del creador, examinando la temática del canal, sus vídeos más vistos, los vídeos más recientes y sus metadatos. Por tanto, adquirió un «conocimiento concreto» de lo que trataba el canal y dejó de ser un intermediario que solo «aloja datos».

Tras responder el TJUE la consulta, ahora le corresponde a la justicia italiana comprobar si, basándose en ese contrato de asociación, Google podía razonablemente saber que el canal de YouTube promocionaba juegos de azar de manera ilícita.

Con todo, la opinión del alto tribunal europeo sienta un procedente para otras plataformas en Internet, ya que si estas analizan el contenido de un creador para asociarse comercialmente con él, perderían el escudo que les otorga la ley europea de comercio electrónico como meras intermediarias y pasarían a ser responsables de sus contenidos si infringen la ley.

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