La Jueza Ruth Huerta García concede tres días a Víctor aguilera Gómez, para que aclare las cuentas de las erogaciones que ha hecho con recursos de la venta de bienes
Alberto Rojas Carrizales
La Prensa
Inconsistencias por 857 mil 286 pesos, observó el Juzgado de Concursos Mercantiles a informes de gastos que hizo el Síndico Víctor Aguilera con recursos de la venta de bienes de Altos Hornos de México, la Jueza Ruth Huerta le concedió al funcionario tres días para aclarar.
El Juzgado le pidió informes del gasto de 39 millones de pesos obtenidos tras la venta de tres bodegas en Tlalnepantla, Estado de México; una Planta Peletizadora en EU por 95 millones de pesos y el 50 por ciento de acciones del Ferrocarril Coahuila-Durango en 48 millones.
Asimismo, el Juzgado detectó que de las erogaciones por el ingreso obtenido del segundo pago por la venta de las bodegas a la empresa “Suarob Company”, el Síndico Aguilera Gómez fue omiso en exhibir los soportes de pago de nómina del personal que el funcionario tiene en AHMSA.
El Juzgado de Concursos Mercantiles detectó que en la nómina de 30 de diciembre de 2024, el síndico reportó una erogación de 5 millones 454 mil pesos; sin embargo, la suma total de dichas facturas da un resultado de 5 millones 361 mil pesos, lo cual arroja una diferencia de 92 mil 355 pesos.
El 15 de enero de 2025, el Síndico Víctor Aguilera reportó erogaciones por un importe de 5 millones 053 mil pesos, sin embargo, la suma total de dichas facturas da un resultado de 4 millones 967 mil pesos, dando una diferencia de 85 mil 875 pesos.
Por concepto de nómina esencial de 31 de enero de 2025, el Síndico reportó un importe de 4 millones 679 mil pesos, pero la suma total de dichas facturas da un resultado de 4 millones 593 mil pesos arrojando una diferencia de 85 mil 876 pesos.
El 14 de febrero de 2025, el Síndico de Altos Hornos de México y Minera del Norte reportó un importe de 4 millones 791 mil pesos, sin embargo, la suma da un resultado de 4 millones 188 mil pesos dando una diferencia de 603 mil 180 pesos .
En tal virtud, el Juzgado de Concursos Mercantiles, con fundamento en los artículos 1 y 7, de la Ley de Concursos Mercantiles, y en el artículo 1079, fracción VI, del Código de Comercio, requirió al Síndico Víctor Manuel Aguilera Gómez, para que en el término de tres días computados legalmente, aclare las anteriores inconsistencias.
El 24 de julio anterior, se requirió al Síndico para que precisara la aplicación que ha realizado con los recursos obtenidos por cada una de las ventas ahí descritas, así como el remanente que en su caso existiese, en cuyo caso debía presentar un plan de pago a favor de los trabajadores, o la imposibilidad que tuviera.
Publicado por Iris Camila Beltran




