Un tribunal federal dejó sin efecto la orden de aprehensión girada por lavado de dinero contra Gilda Susana Lozoya Austin, en el caso Agronitrogenados, y abrió la posibilidad de que pueda comparecer ante la justicia federal en una audiencia de imputación, sin necesidad de que sea librada nuevamente su captura.
El Tercer Tribunal Colegiado Penal en esta capital otorgó a la hermana del ex director de Pemex un amparo contra la aprehensión y estableció que debe reponerse el procedimiento, pero antes el juez de la causa debe analizar si existe la necesidad de cautela, es decir, si la orden de aprehensión es o no la única forma de conducir a proceso a la imputada.
Por unanimidad, los magistrados del tribunal determinaron que el juez de control Artemio Zúñiga, del Centro de Justicia Penal Federal del Reclusorio Norte, no hizo el debido análisis y justificación de la necesidad de cautela, cuando el 25 de mayo de 2019 ordenó la aprehensión de Gilda Susana Lozoya por lavado.
«En tal sentido, si en el caso concreto el juez de control fue omiso en pronunciarse sobre ese tópico contenido en la solicitud que realizó el agente del Ministerio Público, es inconcuso que vulneró en perjuicio de la parte quejosa el derecho fundamental previsto en el artículo 16 de la Constitución, ante la ausencia total de fundamentación y motivación respecto a la justificación de la necesidad de cautela como requisito previo para el libramiento de una orden de aprehensión», dice el fallo.
El fallo del colegiado revoca la negativa del amparo dictada en primera instancia por la juez federal Luz María Ortega Tlapa, pues en opinión de los magistrados dicha juzgadora sustituyó al juez de control en el análisis del requisito previo al libramiento del mandamiento privativo de libertad.
Según la sentencia, el juez de control deberá dejar sin efecto la orden de captura y analizar si el mandamiento de aprehensión es la idónea para conducir al proceso a la hermana de Emilio Lozoya, dejando en claro que le corresponde a la FGR justificar la necesidad de cautela.
Y en este caso, deberá analizar si es necesaria la orden de aprehensión considerando si existe o no el riesgo de fuga, el riesgo de la integridad de la víctima, el ofendido, los testigos o la comunidad, o la posibilidad de que se ponga en peligro el desarrollo de la investigación misma.
En caso de que se cumpla uno de estos aspectos, el juez deberá analizar si ordena o no la aprehensión. De no haber necesidad de cautela, la Fiscalía podrá solicitar una audiencia de imputación que en principio no pondría en riesgo la libertad de Gilda Susana, en virtud que el delito que le imputan no contempla la prisión preventiva de oficio.
La mujer se encuentra evadida de la justicia por el Caso Agronitrogenados, en el que la FGR sostiene que Emilio Lozoya recibió un soborno de 3.5 millones de dólares para que Pemex le comprara a Altos Hornos de México la planta «chatarra» del complejo Pajaritos, Veracruz, en 273 millones de dólares.
Según la nueva administración de Pemex, el precio es 10 veces mayor a su valor real.
El presunto involucramiento de Gilda Susana Lozoya consiste en haber sido beneficiaria de la cuenta bancaria que recibió los 3.5 millones de dólares de parte de AHMSA, dinero que tanto Emilio Lozoya como Alonso Ancira, dueño de la siderúrgica, han señalado que se trata de pagos por contratos de consultoría.
La cuenta bancaria en cuestión es una abierta en Suiza a nombre de la empresa Tochos Holding Limited, de la cual salieron 38 millones de pesos para que el ex director de Pemex comprara su casa de Lomas de Bezares, en 2012.