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miércoles 6 de mayo de 2026

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Alista Corte veto definitivo a cigarros electrónicos

Alista Corte veto definitivo a cigarros electrónicos

La Suprema Corte de Justicia de la Nación se dispone a declarar Constitucional la prohibición legal de vender cigarros electrónicos en cualquier presentación, con lo que abandonará el criterio que ella misma había fijado desde 2015, y se alineará con un decreto presidencial que prohibió la importación de estos productos al País desde el pasado 19 de febrero.

La Segunda Sala de la Corte discutirá el 18 de noviembre un proyecto que niega el amparo solicitado por la cadena Sanborns contra el artículo 16 de la Ley General para el Control del Tabaco, que prohibe comerciar «cualquier objeto que no sea un producto del tabaco», pero que sea identificable con éste.

En tres sentencias previas, la más reciente del 2 de octubre de 2019, la misma Sala había sostenido por unanimidad que esta norma es inconstitucional, ya que es incongruente prohibir lo que se parece al tabaco, pero no el tabaco mismo.

Pero en el nuevo proyecto, que presumiblemente ya cuenta con los tres votos necesarios para su aprobación, la Sala sostendrá que los cigarros tradicionales y electrónicos no son comparables entre sí, amén que afirmará que prohibir estos últimos es necesario para proteger la salud de la población.

La Sala discutió el amparo de Sanborns el 4 de marzo, dos semanas después de que el Presidente Andrés Manuel López Obrador emitió un decreto que prohíbe la importación de vaporizadores y cigarros electrónicos.

En esa ocasión, el Ministro Javier Láynez propuso reiterar la inconstitucionalidad de la prohibición, pero su proyecto fue desechado por 3 votos contra 2, incluido el del Ministro Luis María Aguilar, quien se reincorporó a la Segunda Sala en enero y no votó en los casos previos.

Ahora, Aguilar propone negar el amparo por las diferencias entre cigarros y dispositivos electrónicos, y las dudas que existen sobre la seguridad sanitaria de estos últimos.

«Mientras que en el caso del cigarro tradicional su comercialización restringida parte de un análisis sobre su diseño, composición, obtención y uso que parte de décadas de estudio; en el caso del cigarro electrónico o vaporizador, todas las variables adicionadas comercial, química y tecnológicamente conducen a la imposibilidad de que, sin más, por el hecho de que exista la posibilidad de que sea un instrumento de consumo de nicotina, se acepte su comercialización», dice el proyecto.

Destaca que la posibilidad de consumir nicotina es el único punto de contacto entre el cigarro tradicional y el electrónico, pero que este último permite inhalar sustancias naturales o artificiales que nada tienen que ver con el tabaco.

«Es preciso que prevalezca la prohibición de comercialización (lo que por supuesto comprende su importación para ese fin) del cigarro electrónico, pues debe existir una tutela precautoria del derecho a la salud de las personas, en relación con el uso de ese dispositivo y las sustancias asociadas», agrega.

Decenas de «vapeadores» y grandes tabacaleras como Philip Morris y British American Tobacco han promovido amparos para impugnar el decreto Presidencial, pero no han logrado sentencias favorables.

El Gobierno vetó a la importación por los 2 mil 758 pacientes hospitalizados en 2019 Estados Unidos con enfermedad pulmonar grave, incluyendo 64 defunciones, asociados al uso de estos dispositivos, y alegó que no está probado que ayuden a los fumadores a dejar su hábito. Estados Unidos, sin embargo, no ha prohibido los dispositivos.

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