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jueves 27 de febrero de 2025

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Impugna Sener suspensión de reforma eléctrica

Impugna Sener suspensión de reforma eléctrica

La Secretaría de Energía presentó recursos de queja para impugnar las dos primeras suspensiones provisionales que frenaron por completo la reforma legal que busca beneficiar a la Comisión Federal de Electricidad (CFE) sobre las empresas privadas.

El Juzgado Segundo de Distrito Especializado en Competencia Económica recibió el martes las quejas en los amparos promovidos por las empresas Eoliatec del Pacífico y Parque Solar Orejana, primeros en los que el juez Juan Pablo Gómez Fierro suspendió el 11 de marzo, con efectos generales, la reforma a la Ley de la Industria Eléctrica (LIE) ordenada por el Presidente Andrés Manuel López Obrador.

Las quejas serán revisadas por uno de los dos tribunales colegiados de circuitos especializados, que tiene 48 horas para resolver si confirman, modifican o revocan las suspensiones.

Sin embargo, este plazo podría no ser suficiente para que el tribunal dicte sentencia antes de que Gómez Fierro resuelva sobre la suspensión definitiva, lo que hará luego de audiencias incidentales agendadas para el mediodía de este jueves.

Si la suspensión definitiva es concedida o negada antes de que resuelva el tribunal colegiado, las quejas quedarán sin materia.

Tanto la Sener como los abogados de las empresas quejosas solicitaron al juez comparecer personalmente a las audiencias incidentales, que se realizarán por videoconferencia, para presentarle sus argumentos a favor y en contra de la suspensión definitiva.

Bastará que el juez conceda una sola suspensión definitiva con efectos generales, para que la reforma a la LIE quede paralizada por tiempo indefinido, mientras el Poder Judicial se pronuncia sobre su Constitucionalidad.

Gómez Fierro concedió hoy siete suspensiones provisionales adicionales.

Sener tiene que publicar por lo menos una de las suspensiones en el Diario Oficial de la Federación, para dar aviso general a todos los interesados, pero hasta ahora no lo ha hecho.

«A efecto de no generar un vacío normativo durante la vigencia de esta medida cautelar, se precisa que las autoridades responsables y vinculadas al cumplimiento de esta determinación deberán continuar aplicando los artículos 3°, 4°, 12, 26, 35, 53, 101, 108 y 126, así como el régimen transitorio que estaba previsto en la LIE hasta antes de la entrada en vigor del Decreto cuestionado», ordenan las suspensiones.

Ayer martes, el juez Primero Especializado, Rodrigo de la Peza, concedió suspensiones provisionales con los mismos efectos generales en once amparos de empresas privadas, a las que hoy sumó dos más.

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