El Juzgado de Concursos Mercantiles impone plazo de tres días para la transferencia; el síndico argumentó que comparten un crédito desde 2008
Alberto Rojas Carrizales
LA PRENSA
El Juzgado de Concursos Mercantiles que conoce de los procesos de quiebra de AHMSA y MINOSA, recordó al síndico Víctor Aguilera Gómez la obligación de reintegrar a la masa concursal de la minera la cantidad de 12 millones 542 mil 560 pesos que fueron transferidos de manera errónea meses atrás.
De acuerdo con la resolución judicial, el reembolso de AHMSA a MINOSA deberá realizarse tan pronto como la acerera disponga de recursos económicos, estableciendo un plazo de tres días posteriores a que cuente con liquidez para efectuar la transferencia correspondiente, hasta cubrir en su totalidad el monto señalado.
El Juzgado apercibió que en caso de incumplimiento, se impondrá una sanción económica al especialista, la autoridad judicial señaló que la actuación del síndico resultó contraria a las obligaciones propias de su encargo, al no adoptar las medidas necesarias para garantizar la seguridad, conservación y adecuada administración de la masa concursal de Minera del Norte.
El juzgado precisó que Víctor Aguilera Gómez no obró como un administrador diligente en negocio propio, ya que omitió realizar la inversión de dichos recursos en instrumentos de renta fija a través de una institución de crédito, alternativa que habría permitido proteger el valor del dinero y generar rendimientos en beneficio de la masa concursal de la empresa minera.
El síndico explicó al juzgado que la transferencia se realizó bajo el argumento de que ambas compañías forman parte de un mismo grupo empresarial, además de que AHMSA posee el 96.3 por ciento de las acciones de MINOSA. Añadió que desde el año 2008 ambas empresas mantienen vigente un contrato de crédito en cuenta corriente, mecanismo que históricamente ha sido utilizado para hacer frente a sus obligaciones de pago.
Según la explicación presentada, dicho contrato permite que la empresa que cuente con un excedente de efectivo proporcione recursos financieros a aquella que atraviesa por un déficit, con el objetivo de cubrir gastos esenciales y preservar los activos operativos.
No obstante, el juzgado consideró que este argumento no justifica la transferencia en el contexto de los procedimientos concursales en curso, ni exime al síndico de su responsabilidad de proteger los intereses de cada masa concursal de manera independiente.