La autoridad federal notificará a Cynthia Marisol Vara el fallo provisional sobre el amparo promovido por el dueño del clausurado anexo Escudo de Salvación

Alberto Rojas Carrizales

La Prensa  

El Juzgado Federal citó a Cynthia Marisol Vara García, viuda de Alfredo Salayandia, para que acuda a una diligencia donde le notificarán el resolutivo emitido el 2 de septiembre con motivo del amparo interpuesto por Erick Abizael “N”, preso por el homicidio calificado del esposo de ella, el 8 de julio de 2022 en el anexo Escudo de Salvación.

El 2 de septiembre, el Juzgado resolvió dar trámite al amparo promovido por Érick Abizael, contra actos del Tercer Tribunal Distrital, luego que esta dependencia ordenó modificarle la medida cautelar de reclusión domiciliaria, por su internamiento en el reclusorio de Saltillo donde el dueño del clausurado anexo enfrentará el proceso.

En el proceso de amparo, el Juzgado Cuarto de Distrito determinó el 2 de septiembre que a las 13:15 horas del 8 de septiembre será celebrada la audiencia incidental; de entrada, a Érick Abizael se le concedió la suspensión provisional, pero solo para algunos efectos, pero no se le decretó la suspensión de los actos reclamados en los términos que solicitó, en tanto sigue preso.

Lo anterior será informado a la viuda por el Juzgado Cuarto de Distrito, que le fijó dos días hábiles después de la notificación en su domicilio de la colonia Ampliación La Sierrita, para que se presente a la diligencia de carácter personal, por lo que entonces podrá acudir el lunes 7 o martes 8 de septiembre.

Al mismo tiempo que Érick Abizael fue trasladado al penal de Saltillo, la señora Cynthia Marisol Vara viuda de Salayandia, denunció públicamente que familiares del procesado, la amenazaron presencialmente advirtiéndole que cuidara a sus hijos, pero aún no colocaba la denuncia ante la Fiscalía del Estado.

A Cynthia Marisol Vara la actuaría del Juzgado Cuarto de Distrito le dejó un aviso en su domicilio en virtud de no haberla encontrado, esto de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 27, fracción I, inciso c, de la Ley de Amparo, reglamentaria de los artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Posterior a la audiencia incidental donde se le resolverá lo relacionado con la suspensión definitiva, el 6 de octubre se llevará a cabo la audiencia constitucional en la cual enseguida se resolvería de fondo a Érick Abizael su trámite de amparo contra el resolutivo del Tercer Tribunal Unitario de Distrito de enviarlo al penal para que allá enfrente el proceso y no en casa.

De manera inicial, el Juzgado Cuarto de Distrito concedió la suspensión provisional a Érick Abizael para determinados efectos, sin concederla en los términos solicitados por la defensa de éste individuo que permanece tras las rejas en el penal de Saltillo.

Publicado por Iris Camila Beltran