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miércoles 10 de septiembre de 2025

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Suben, otra vez, mañaneras con propaganda electoral

Suben, otra vez, mañaneras con propaganda electoral

El Gobierno federal volvió a subir los videos de todas las “mañaneras” del Presidente Andrés Manuel López Obrador al canal de YouTube del Centro de Producción de Programas Informativos y Especiales (Cepropie).

Esta mañana los contenidos audiovisuales de las conferencias de prensa habían sido eliminados de la página oficial.

Esta tarde, los materiales se encuentran de nuevo a disposición del público, incluido el Informe de los Primeros 100 días del Tercer Año de Gobierno, con el que, según el Tribunal Electoral, el Presidente violó la ley al realizar propaganda.

El miércoles 26 de mayo, los magistrados consideraron que el Mandatario no respetó la veda y ordenó sancionar a funcionarios del Gobierno federal por la difusión del mensaje presidencial.

Por unanimidad, el pleno del Tribunal determinó que el mensaje fue un acto de propaganda gubernamental personalizado y no un informe de labores contemplado en la Constitución.

En las últimas resoluciones, tanto el Tribunal Electoral como el INE han ordenado al Vocero de Presidencia, Jesús Ramírez Cuevas, y a Cepropie retirar de la página oficial y redes oficiales información lo que pueda ser considerado domo propaganda gubernamental.

“Resulta necesario ordenar al Coordinador de Comunicación Social y Vocería a efecto de que en las plataformas digitales oficiales que administra, en un plazo no mayor de tres días naturales contados a partir de la legal notificación, se retire, modifique o elimine el contenido que se ha determinado ilegal”, estableció en su sentencia SRE-PSC-80/2021, la semana pasada.

El viernes, en el acuerdo de la Comisión de Quejas del INE, en el que se ordenó al Presidente abstenerse de hablar sobre logros de Gobierno y elecciones, también vinculó a Cepropie.

“Se vincula al titular de Cepropioe, en virtud de que todas las personas servidoras públicas están obligadas a suspender la difusión de propaganda gubernamental durante el periodo de campañas, en términos de lo establecido por la SRE-PSC-80/2021.

“Y con el propósito de darle efectividad a la medida cautelar, al ser el responsable de generar la producción audiovisual de las actividades públicas del Presidente, tiene la obligación de que dicho contenido se ajuste al marco normativo constitucional y legal, así como a las restricciones que existen respecto a la difusión de propaganda gubernamental en periodo de campaña”, indica el oficio.

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