
La Primera Sala de la Suprema Corte publicó tres jurisprudencias con base en las cuales se podrá prohibir, a partir de este lunes, la salida del país de los padres que incumplan con la obligación alimentaria con sus hijos.
Se trata de las jurisprudencias 49/2021, 50/2021 y 51/2021 aprobadas en sesión privada del 1 de septiembre pasado.
“Esta tesis se publicó el viernes 26 de noviembre de 2021 en el Semanario Judicial de la Federación y, por ende, se considera de aplicación obligatoria a partir del lunes 29 de noviembre de 2021″, señala la notificación de entrada en vigor.