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miércoles 27 de mayo de 2026

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Cesarán a obreros por toma de Coquizadora

Cesarán a obreros por toma de Coquizadora

Alberto Rojas

Trabajadores que participaron en la toma de la Coquizadora de AHMSA 1, revelaron que paralelo a indagatorias que realiza la Fiscalía del Estado por actos de probable sabotaje contra AHMSA, están enterados que la acerera tiene intenciones de abrir investigaciones internas que podrían conducir a despidos.

Las acusaciones internas de efectuarse, se basarían especialmente en el Artículo 47 de la Ley Federal del Trabajo que establece las causas de rescisión de la relación de trabajo sin responsabilidad para el patrón, Previamente los implicados serían investigados por jurídicos de la acerera y Roberto Acosta, gerente de Relaciones Laborales de la Siderúrgica 1.

La legislación laboral establece despido por ocasionar intencionalmente perjuicios materiales durante el desempeño de las labores, o con motivo de ellas, en edificios, obras, maquinaria, instrumentos, materias primas y demás objetos relacionados con el trabajo.

Además, cuando se comprometa la seguridad del establecimiento o de las personas que se encuentren en él, también negarse a la adopción de acciones de prevención y procedimientos indicados para evitar accidentes o enfermedades.

Altos Hornos de México argumentaría despido justificado, y de acuerdo al Artículo 47 de la LFT tiene obligación de entregar un aviso por escrito al trabajador detallando las conductas que motivan la recisión, así como las fechas en las que se realizaron las acciones, anexando las pruebas en imágenes y testimonios.

Diversos abogados señalaron al respecto, que las separaciones por causa imputable al trabajador no exentan a la empresa de pagar un finiquito, el cual debe incluir el pago pendiente de los días trabajados al momento del despido, la parte proporcional del aguinaldo y la prima vacacional, y otras prestaciones.

En caso de contar con 15 años de servicio o más, y por despido injustificado, el trabajador también tiene derecho a recibir una prima de antigüedad que consiste en 12 días de salario por cada año trabajado.

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