CIUDAD DE MÉXICO.- La Fiscalía General de la República (FGR) no puede detener al gobernador de Tamaulipas, Francisco Javier García Cabeza de Vaca, porque un juez federal le concedió una suspensión que lo protege aunque esté acusado de delitos que merecen prisión preventiva de oficio.
El juez Octavo de Distrito de Tamaulipas consideró que el proceso de desafuero del gobernador no ha concluido debido al conflicto entre las resoluciones de la Cámara de Diputados y el Congreso de la entidad.
Por ello, indicó que en su caso particular la suspensión lo protege aun si la orden de aprehensión emitida en su contra es por delitos que merezcan prisión preventiva de oficio, pues en el amparo se definirá si el gobernador tiene o no fuero.
«En el caso, es necesaria una ponderación entre la regla prevista en dicho numeral y el derecho o las prerrogativas que le genera al quejoso el fuero constitucional o inmunidad procesal, precisamente por desarrollar un cargo público que, como ya se explicó, genera un beneficio o perjuicio a la propia sociedad o al llamado interés público, que, como ya se dijo, superado ese obstáculo, entonces sí se abordará la orden de captura correspondiente.
«Por tanto, en el caso el suscrito opta por proteger el interés social sobre la regla particular aludida, de momento, y sólo para efectos de esta medida suspensional, pues la gravedad de los hechos con apariencia de delito que se le imputen al amparista no puede estar por encima de la inmunidad procesal», precisó el juez.
El juzgador reconoció que el precepto constitucional que regula el proceso de desafuero es ambiguo al no precisar cómo debe resolver el Congreso local una vez que es notificado de una resolución de declaratoria de procedencia contra un gobernador.
«El envío de la declaración de procedencia a las Legislaturas locales, con la expresión genérica para que en ejercicio de sus atribuciones ‘procedan como corresponda’, genera ambigüedad por falta de precisión de cómo estima el constituyente permanente que pueden o deben actuar las legislaturas locales una vez que la Cámara de Diputados haya determinado procedente el retiro de la inmunidad procesal de un gobernador.
«Luego, de la lectura íntegra de la demanda de derechos fundamentales se desprende que ante la existencia del Punto de Acuerdo Número LXIV-267, de la Legis- latura Local de Tamaulipas, que en ejercicio de sus atribuciones, determinó no homologar la declaratoria de procedencia de la Legislatura federal, en el sentido de declarar procedente el retiro de la inmunidad procesal o fuero, surge en apariencia un conflicto de normas que impiden, hasta este momento, considerar concluido el trámite del desafuero contra el gobernador que solicita el amparo y protección de la justicia federal», señaló el juez.
Requirió a autoridades judiciales y a la FGR que en 48 horas informen si los delitos imputados a García Cabeza de Vaca ameritan prisión preventiva de oficio.