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Reducirá “Ley Silla” estrés y lesiones: médico laboral

Reducirá “Ley Silla” estrés y lesiones: médico laboral

El doctor José Guadalupe Galindo, especialista en Medicina del Trabajo expresó que la disposición disminuye la presión por la bipedestación, o posición de pie, y evita la formación de varices, la fatiga lumbar, la fatiga cervical y de hombros

Por Wendy Riojas

LA PRENSA

‘La ley silla provocará una disminución del 30 por ciento en las lesiones osteomusculares o cardiovasculares de los trabajadores, así como el estrés’, lo informó el doctor José Guadalupe Galindo Santillán, especialista en medicina del trabajo.

Con la entrada en vigor de la Ley Silla, los trabajadores recibieron el derecho al descanso durante la jornada laboral en una silla con respaldo. Ese nuevo derecho está protegido por sanciones para los empleadores que incumplan con la obligación de otorgar el asiento y no permitir las pausas periódicas.

Ante esto el doctor José Guadalupe Galindo Santillán mencionó que el decreto establece que los patrones de empresas de servicios llámese boutiques, supermercados, bodegas y almacenes tienen la obligación de proporcionar una silla ergonómica con respaldo para sus trabajadores.

Y declaró: ‘esta disposición brinda ventajas físicas a los trabajadores al disminuir la presión por la bipedestación, o posición de pie, y evita la formación de varices, la fatiga lumbar, la fatiga cervical y de hombros (por cargas y movimientos) y las enfermedades cardiovasculares’.

Incluso aseguró que la silla ergonómica generará una disminución de un 30 por ciento de las lesiones que se puedan presentar ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) en los próximos meses o años.

Esto, luego de que las lesiones más frecuentes son: las de columna-por posturas incomodas, movimientos repetitivos o manejo de cargas-y lesiones sencillas como esguinces lumbares o delicadas que llegan a un problema ergonómico.

El doctor declaró: “La columna nos proporciona mayor riesgo para calificarse ante el Seguro Social como accidente de trabajo o como enfermedad de trabajo. Generalmente son lesiones de columna, cuello y hombro, prevemos que disminuirán un 30 por ciento”.

Sin embargo, admitió que algunas lesiones son delicadas por la repetitividad y llegan a un problema ergonómico, es decir, a una lesión importante donde se tiene que calificar un riesgo profesional y se les pueden dar una incapacidad permanente parcial a los trabajadores.

Aunque no aplica en todas las empresas, por ejemplo, en la metal mecánica, debido a que los trabajadores tienen mayor movimiento y adoptan ciertas posiciones para trabajar por lo que no requieren una silla con respaldo.

Entre las desventajas de la ley silla mencionó que se encuentran: el costo que generará a la empresa la adquisición de sillas para los trabajadores, la resistencia al cambio y la capacitación al personal.

Y señaló: “Las empresas tienen que convencerse de que realmente les va a beneficiar y abaratar la predisposición a lesiones que puedan tener ante el Seguro Social”, destacó.

Cabe mencionar que la ley silla estipula que los trabajadores deben tener como mínimo 30 minutos de descanso cada 2 horas, sin dejar de atender al cliente, y habilitar espacios adecuados para la colocación de la silla.

Por último, mencionó, que la ley silla es un buen decreto y añadió: ‘nos hemos tardado, en Perú la tienen establecida desde 1932 y nosotros en el 2025 apenas le estamos dando validez oficial por decreto ante la Secretaria del Trabajo.

Cabe mencionar que las lesiones osteomusculares son un grupo de trastornos que afectan a los huesos, músculos, tendones, ligamentos y nervios. Estas lesiones pueden ser causadas por traumatismos, movimientos repetitivos, posturas forzadas, o enfermedades como la artritis. Pueden provocar dolor, debilidad, rigidez y limitación de movimiento, y en algunos casos, llevar a la incapacidad laboral.

Otras lesiones por trabajar de pie son hinchazón de piernas, dolores musculares, fatiga, estrés, y a nivel lumbar, se pueden originar fibromialgias, es decir, contracturas permanentes de los músculos.

De acuerdo con lo previsto en la Ley Federal del Trabajo, las multas por incumplir con la Ley Silla van de los 28,285 a los 282,850 pesos (de 250 a 2,500 veces la Unidad de Medida y Actualización). Además, especialistas advierten que en casos de reincidencias la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) tiene la facultad de suspender temporalmente la operación de una empresa.

Aunado a la ley silla, otras lesiones que ven regularmente en medicina del trabajo en la región centro son afectaciones de muñeca, túnel carpiano o tendinitis, por el manejo repetitivo de cargas o costuras en maquiladoras, (repetitividad, ruidos, vibraciones), o bien hipoacusia por exposición a ruido.

Sin embargo, las de mayor incidencia son las lesiones en las muñecas y posteriormente la columna por manejo de cargas, estar de pie o adoptar ciertas posiciones en el trabajo, durante jornadas laborales de 8 a 12 horas.

El doctor José Guadalupe Galindo Santillán es especialista en medicina de trabajo, tiene 20 años laborando en la clínica SEMMA y ofrece servicios a las empresas que lo requieren para asesorías en exámenes de admisión, elaboración de audiometrías, radiografías, interpretación de laboratorios, ultrasonidos, rayos X y resonancias para dar un pronóstico laboral.

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