Tras perder su empleo el Seguro Social le negó el tratamiento contra el cáncer de mama, sin embargo, un juez le hizo justicia emitiendo una sentencia en la que ordena que se reanude de inmediato la atención médica
Por Alberto Rojas Carrizales
La Prensa
MONCLOVA, COAHUILA.-En juicio de amparo, el Juzgado Cuarto de Distrito sentenció al IMSS, a mantener sin interrupción el tratamiento oncológico a una paciente de cáncer de mama, a quien rehusaba atender porque causó baja en su empleo, además ordenó las consultas de especialidad, cirugías, rehabilitación y psicología que resulten necesarias.
El Juez Jorge Trejo Veloz, estableció en la sentencia que la violación constitucional a Verónica Sánchez Mata, no radicó en la pérdida de la derechohabiencia, sino en la forma en que el IMSS interrumpió la atención, respecto de un tratamiento oncológico en curso, sin garantizar su continuidad.
El abogado de la paciente Daniel González, informó que el juzgador determinó que la interrupción de un tratamiento de esa naturaleza, sin una referencia ordenada a otra institución, colocó a la afectada en un estado de desprotección incompatible con el deber de garantía del derecho a la salud.
Trejo Veloz, indicó en la sentencia, que el IMSS sostuvo reiteradamente que la quejosa se encuentra “clínicamente estable” y que otra autoridad debe asumir su atención, sin embargo, precisó que la estabilización significa la superación de una urgencia, no la conclusión del tratamiento.
El 10 de julio anterior, el juez impuso al IMSS la carga de realizar las gestiones necesarias para vincular a la quejosa con la autoridad sanitaria estatal, pero no consta en autos que haya realizado gestión formal ante la Secretaría de Salud del Estado.
El funcionario judicial señaló en su resolutivo, que el IMSS se limitó a solicitar al Juzgado que efectuara dicha vinculación y a exhibir un directorio de unidades hospitalarias estatales, por lo que esa omisión es precisamente la que mantiene vigente la afectación.
Verónica Sánchez Mata, en abril anterior obtuvo la suspensión definitiva en el Juzgado, y ahora la resolución de fondo, contra la negativa del IMSS de continuar proporcionándole servicios médicos integrales, tratamiento oncológico, cirugías, medicamentos y atención hospitalaria.
El abogado de la paciente Daniel González, detalló que el IMSS argumentó en su negativa de atenderla, la pérdida de vigencia de derechos derivados de su baja en una compañía financiera donde trabajaba, agregó el profesionista que el Juez Jorge Trejo, ordenó el suministro sin interrupción de tamoxifeno de 20 miligramos para atacar el cáncer.
Asimismo, sentenció al IMSS a elaborar y entregar un resumen clínico integral y la hoja de referencia correspondiente, con copia del expediente clínico y de los estudios practicados, que permitan a la institución receptora continuar el tratamiento.
El Juez de Distrito, Jorge Trejo indicó en su resolutivo, que sin importar si es derechohabiente del IMSS, la Ley General de la Salud, otorga el derecho a la protección a la salud, que es una obligación para el Estado Mexicano, que de manera solidaria debe cumplir por la federación y las entidades federativas, en términos de esa ley y sus disposiciones.
El Juez de Distrito, Jorge Trejo resolvió que sin importar si es derechohabiente del IMSS, la Ley General de la Salud, otorga el derecho a la protección a la salud.
Publicado por Rocío Ledezma




