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sábado 25 de julio de 2026

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1827 ~ LA EXPULSIÓN DE ESPAÑOLES

1827 ~ LA EXPULSIÓN DE ESPAÑOLES

SECUELAS DE LA INDEPENDENCIA EN MONCLOVA

Por: Arnoldo Bermea Balderas

    En 19 de junio de 1828 se publicó en Monclova un comunicado que se estaba haciéndose circular por todo el país, en referencia a la ley expedida el 20 de noviembre de 1827 para expulsar a los españoles del territorio nacional, varios que habitaban en nuestra ciudad, se verían afectados. Se citaba que algunos de ellos podían quedar exceptuados por esta ley, y que, para poder permanecer como residentes en la República Mexicana, se les condicionaba retirarse 160 km. al interior de las costas. (1)

    La presencia de españoles en México desde los primeros asentamientos que dieron origen a la colonia, buscaron a toda costa mantener el control mediante el sometimiento y sumisión forzada de los nativos, apropiándose arbitraria y ventajosamente de los bienes y riquezas del país. Durante este período se privilegió a una clase acomodada, estos se constituyeron en amos y señores poseedores de los yacimientos mineros, el comercio, la administración pública y el control militar.

    Consumada definitivamente la independencia en 1821, entre la población se fue creando un sentimiento generalizado anti-español, se les culpaba de todos los males del país y de la desastrosa situación económica en que se encontraba. Las iniciativas discutidas a nivel federal y en el ámbito estatal, tuvieron como consecuencia la primera ley de expulsión de españoles en 1827, la segunda en 1829, y otra más en 1833. En el país se tenían identificados 6,610 españoles, distribuidos en un total de 24 entidades. En el estado de Coahuila y Texas apenas se podían contabilizar 57 que representaban el 0.86% del total; en Chihuahua 200; en Nuevo León 87, y en Tamaulipas 163. Y residiendo en Monclova tan solo tres.

    La importancia de los españoles no dependía fundamentalmente de su número, sino de la posición que ocupaban en el gobierno, el clero, el comercio o en el cuerpo militar. De los 31 diputados que votaron la Ley de Expulsión de 1827, el Teniente Coronel Nicolás del Moral, representó a Coahuila y Texas. (2)   Según el Artículo Segundo de esta ley, se facultaba a las autoridades para exceptuar primero a los casados con mexicanas que hicieran vida marital, los que tuvieran hijos que no fueran españoles, los mayores de 60 años, y los que estuvieran físicamente impedidos “sin remedio”. (3)

    Uno de los que se vio afectado por esta ley fue Francisco González Bocanegra, creador de la letra del Himno Nacional Mexicano. Siendo muy niño (había nacido en 1824), su padre tiene que abandonar el país, por lo que regresa a España con toda su familia, viniendo nuevamente a establecerse en México en 1836.

    Los que tenían que abandonar el país, se les daba la libertad para emprender su viaje por el puerto que mejor les conviniera; La Habana, Cuba era uno de los destinos preferidos de mayor afluencia. Para su traslado portaban un documento de identificación que se les extendía tipo pasaporte, según se ejemplifica a continuación:

EL CIUDADANO DON JOSÈ MARÌA VIESCA, GOBERNADOR DEL ESTADO DE COAHUILA Y TEXAS

En consecuencia, del soberano decreto del Congreso General fecha 20 de diciembre último prevención segunda del Presidente y en virtud del Art. 9º el español

Don _______________________________________________

saldrá dentro de treinta días de la ciudad de Monclova, lugar de su residencia, y de la República en un lapso no mayor a los sesenta días, debiéndose embarcar en el puerto __________________________________ guardando el itinerario que se determine al margen y representándose a las autoridades políticas de las poblaciones donde debe tomar posada, al Comandante del puerto antes de que se cumplan las doce horas de su arribo.

Don ______________________________________________

Gobernador del Estado de Coahuila y Texas

Firma (4)

Las desgracias de españoles que partían eran muchas. No era raro que alguno de ellos fuera asaltado o asesinado en el camino durante el trayecto de su viaje rumbo al puerto de embarque. En el Estado de Coahuila y Texas, de 57 españoles identificados, en un año únicamente se habían expulsado a cuatro.

Referencias:

1.) H.D. Sims: La Expulsión de los Españoles en México, pag. 258

2.) Archivo de Monclova: C-33, F-4, E-7, F-Z, P-Z   

3.) H.D. Sims: La Expulsión de los Españoles en México, pag. 263

4.) Elmer William: “Guadalupe Victoria”: Mexican Revolutionary Patriot and first President 1786-1843 (1951)

(Fin de parte #1; a continuarse la proxima semana)

Contribución de: Arnoldo Bermea Balderas, en colaboración con socios Arqueosaurios ~ Francisco Rocha Garza, Juan Latapí Ortega, Luis Alfonso Valdés Blackaller, Oscar Valdés Martin del Campo, Ramón Williamson Bosque & Willem Veltman.

Envíanos sus comentarios y/o preguntas a: [email protected]

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